
Expediente
218/2023
NUEVO LEON
MONTERREY, NUEVO LEON, a 07 de Abril de 2024
Edicto Legal
Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito Monterrey, Nuevo León EDICTO BALLYHAUNIS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE (TERCERA INTERESADA) DOMICILIO IGNORADO En los autos del juicio de amparo directo 218/2023, promovido por Sergio Juvenal González Salazar, se determinó lo siguiente: Por auto de dieciséis de octubre de dos mil tres, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b) de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, se ordenó emplazar de la demanda de amparo a la tercera interesada Ballyhaunis, Sociedad Anónima de Capital Variable, por medio de edictos, los que deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico “El Norte” que se edita en esta ciudad, para que dentro del término de treinta días siguientes a la última publicación de este edicto, se apersone en el referido juicio ante este Tribunal Colegiado, en su carácter de tercera interesada, a fin de que se imponga de la tramitación del mismo y haga valer sus derechos, entre ellos, presentar los alegatos o promover amparo adhesivo si así lo deseare, de conformidad con el artículo 181 de la Ley de Amparo; asimismo, hágase saber a dicha tercera que la demanda de amparo la promueve Sergio Juvenal González Salazar, en contra de la sentencia de veintiocho de febrero de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Oralidad Mercantil del Primer Distrito Judicial del Estado, en el expediente 4000/2020; demanda de amparo en la cual se señalaron como preceptos legales violados los artículos 1, 14, 16 y 17 Constitucionales; en la inteligencia de que la copia de la demanda queda a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de este órgano jurisdiccional. Publíquese en los estrados de este Tribunal, copia del presente edicto, por todo el tiempo del emplazamiento, en el entendido de que, si pasado dicho término la tercera interesada no comparece, se seguirá el trámite del presente juicio de amparo y las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le hará por medio de lista que para tal efecto se fija en los estrados de este Tribunal, en términos del artículo 27, fracción III, inciso a), de la Ley de Amparo. Atentamente Monterrey, Nuevo León, 14 de noviembre de 2023. El Secretario de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito. Lic. Celso Escalante Córdova. Rúbrica.
JUZGADO
Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito Monterrey, Nuevo León
MONTERREY