
Expediente
316/2023
CIUDAD DE MEXICO
VENUSTIANO CARRANZA, CIUDAD DE MEXICO, a 07 de Abril de 2024
Edicto Legal
Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México Amparo Indirecto 316/2023 EDICTO EMPLAZAMIENTO DE: Eréndira Camacho Ocampo. En el juicio de amparo indirecto 316/2023, promovido por Natasha Gabriela Gray Muñoz, por propio derecho contra actos del Juez Vigésimo Quinto de lo Civil de Proceso Escrito del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, Congreso de la Ciudad de México, Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Secretario de Gobierno de la Ciudad de México, Instituto de Investigaciones Parlamentarias de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ahora Ciudad de México), Cámara de Senadores, Cámara de Diputados, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Secretaría de Gobernación, y Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales del Gobierno de la Ciudad de México; en el que se reclama el proveído de veintiuno de febrero de dos mil veintitrés, dictado por el referido Juez de lo Civil, en el juicio especial hipotecario 620/2002, promovido por Natasha Gabriela Gray Muñoz, en contra de Eduardo Juárez Aguirre y otro, de su índice, por medio del cual denegó el trámite de una apelación intentada por la hoy quejosa, en contra de la interlocutoria de veinte de enero de dos mil veintitrés, que declaró la caducidad de la instancia, con fundamento en el artículo 691 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal (hoy Ciudad de México); se advierte que no se cuenta algún domicilio cierto y actual en donde pudiera ser emplazada la tercera interesada Eréndira Camacho Ocampo, pese a que, se agotaron todas las investigaciones y gestiones a las que este juzgado tiene acceso para localizar el domicilio de dicha parte; en consecuencia, se ha ordenado emplazarla por medio de edictos, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo; quedando a disposición de la tercera interesada antes mencionada, en la Secretaría de este JUZGADO SEXTO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO, copia simple de la demanda respectiva; así como el escrito aclaratorio y su ampliación; asimismo, se hace de su conocimiento que cuentan con un término de treinta días, que se computarán a partir de la última publicación de los edictos de mérito, para que ocurra ante este órgano de control constitucional a hacer valer sus derechos si a sus intereses conviniere y señalen domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad de México, apercibida de que en caso de no hacerlo, las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista de acuerdos que se publica en este órgano jurisdiccional. Atentamente. Ciudad de México, 16 de enero de 2024. El Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México. Lic. Miguel Alejandro García Zavala. Rúbrica.
JUZGADO
Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
VENUSTIANO CARRANZA