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, , a 07 de Mayo de 2025

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En el juicio de amparo 840/2024, promovido por ABC Capital, sociedad anónima institución de banca múltiple; por conducto de su apoderado legal Salvador Alcaraz Mena, contra actos del Juez y Secretario de Acuerdos adscritos al Juzgado Segundo de lo Civil del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso c) de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, se ordena emplazar por edictos a los terceros interesados Arquitectura Coordinada, sociedad anónima de capital variable e Irak Arturo Cordero Ramírez publicándose por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación el periódico “El Financiero”, al ser uno de los de mayor circulación de la República; queda a su disposición en este juzgado, copia simple de la demanda de amparo en la que se señala como acto reclamado el acuerdo dictado el veintisiete de junio de dos mil veinticuatro, en el expediente 514/2022, de su índice, a través del cual revoca el auto de tres de junio de dos mil veinticuatro y ordena se deseche el recurso de apelación promovido por la aquí quejosa en contra de la sentencia definitiva de veintiséis de abril de dos mil veinticuatro; atribuido al Juez Segundo de lo Civil del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco; dígaseles que cuentan con un plazo de treinta días, contados a partir de la última publicación, para que ocurran a este Órgano Jurisdiccional a hacer valer derechos y que se señalaron las diez horas con un minuto del veintiuno de mayo de dos mil veinticinco, para que tenga verificativo la audiencia constitucional.

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