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, , a 01 de Julio de 2025

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C. INTERESADO, PROPIETARIO Y/O APODERADO LEGAL DE LA MOTOCICLETA: MOTOCICLETA DE LA MARCA: ITALIKA, N.I.V.: LLCK2EE41RA114200, SUBMARCA: FT200, AÑO MODELO: 2024, CLASE: MOTOCICLETA, NÚMERO DE MOTOR: LC163FML 303128Q3, TIPO DE TRANSMISIÓN: MANUAL, COLOR: NEGRO CON ROJO, SIN PLACAS DE CIRCULACIÓN, R.F.V.: DEROGADO, MOTOCICLETA DE PROCEDENCIA EXTRANJERA (CHINA). Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16, 21, 113 y 119 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 54 y 55 del Código Penal del Distrito Federal; 82, 127, 131, 229, 230 y 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales En cumplimiento a lo ordenado en el acuerdo de aseguramiento de fecha quince de febrero del año dos mil veinticuatro, dentro de la Carpeta de Investigación CI-FIDDS/E/UI-3 C/D/00194/02 2024 instruida por el DELITO DE CONTRA LA SALUD EN SU MODALIDAD DE NARCOMENUDEO, se le notifica que esta representación social aseguró la motocicleta de referencia, por lo cual se le apercibe para que se abstenga de ejercer actos de dominio sobre el bien asegurado y se le apercibe que de no manifestar lo que a su derecho convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la notificación, el bien causara abandono a favor de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, lo anterior en términos de lo previsto en el artículo 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales

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