Publicaciones



, , a 01 de Julio de 2025

Publicaciones

C. INTERESADO, PROPIETARIO Y/O APODERADO LEGAL DEL VEHICULO: VEHÍCULO DE LA MARCA: CHEVROLET, SUBMARCA: SONIC, AÑO MODELO: 2012, NÚMERO DE SERIE: KL1JM5CEXCB017367, NÚMERO DE MOTOR: PROCEDENCIA EXTRANJERA, COLOR: GUINDA CON COFRE DE MOTOR NEGRO, PERMISO DE CIRCULACIÓN: CAB8287 (GUERRERO). Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16, 21, 113 y 119 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 54 y 55 del Código Penal del Distrito Federal; 82, 127, 131, 229, 230 y 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales En cumplimiento a lo ordenado en el acuerdo de aseguramiento de fecha veintitrés de diciembre del año dos mil veinticuatro, dentro de la Carpeta de Investigación CI-FIDDS/E/UI-1 C/D/1441/11-2024 D01 instruida por el DELITO CONTRA LA SALUD EN SU MODALIDAD DE NARCOMENUDEO, se le notifica que esta representación social aseguró el vehículo de referencia, por lo cual se le apercibe para que se abstenga de ejercer actos de dominio sobre el bien asegurado y se le apercibe que de no manifestar lo que a su derecho convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la notificación, el bien causara abandono a favor de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, lo anterior en términos de lo previsto en el artículo 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales

PUBLICACIÓN